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Banca Electrónica
Podrá realizar el pago por internet utilizando los servicios de banca electrónica de las
Entidades Colaboradoras
, para ello deberá ser cliente de los servicios de banca electrónica, de las mismas.
Para poder realizar el pago de sus recibos deberá tener en su poder la
Carta de Pago
enviada por el SAT, y los datos necesarios para realizar el pago son los que aparecen señalados con
círculo rojo
en el siguiente recibo:
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Si no dispone de la Carta de Pago y se trata de una deuda en Periodo Voluntario, podrá solicitarla a través del correo electrónico o ponerse en contacto con el SAT telefónicamente.
Si se trata del pago de tributos que se encuentren en periodo ejecutivo deberá ponerse en contacto con alguna de las oficinas del SAT.
Entidades Colaboradora en la Recaudación